ELIMINACION DEL DESCUENTO POR BAJA


A LOS FUNCIONARIOS DESDE EL 31 DE JULIO DE 2018.


En relación a las de retribuciones en situación de IT, la LGPE 18 (Disposición Transitoria Séptima) y el Real Decreto 956/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba y publica el Acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado el 23 de julio de 2018, en relación al régimen retributivo de la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de la Administración General del Estado y Organismos o Entidades Públicas dependientes, es de aplicación directa a todas las empresas públicas DESDE EL 31 DE JULIO DE 2018.
Desde entonces, la prestación debe alcanzar desde el primer día de la baja médica el 100% de las retribuciones basicas de la nómina del funcionario.

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