Como
ya adelantamos hace unos meses, a partir de 1 de enero de 2017, van a
ampliarse las causas de las dos modalidades de contratos que
actualmente se hacen. Las dos modalidades de contratación eventual
por circunstancias de la producción, con código de contrato 402
jornada completa y 502 jornada incompleta, que hasta la fecha solo se
podían hacer 6 meses (180 días) en los últimos 12 meses y la
contratación de interinidad, con código 410 jornada completa y 510
jornada incompleta, que se ciñe a la causa específica, una
liberación sindical, baja, comisión de servicio, maternidad,
paternidad, etc.
Dentro
de la modalidad de contratos eventuales por las circunstancias de la
producción, se concretarán 4 causas diferenciadas por las que se
podrán hacer 180 días por cada causa en el año inmediatamente
anterior. Las nuevas causas serán:
1
Las de vacaciones o asuntos propios.
2
Los permisos y licencias.
3
Componentes absentismo, acumulación de tareas, etc.
4
Entrega notificaciones tarde. (Ya se realizan desde el 1 de octubre
al personal contratado a tal efecto)
Todavía
no han actualizado el programa informático que gestionará estas
nuevas causas de contratación, por tanto, muchos de los y las
contratados/as que están en listas, pueden estar trabados por haber
llegado a los 6 meses trabajados y actualmente están sin trabajar.
Cuando empiece a funcionar este nuevo sistema de contratación, los y
las contratados que se encuentren en las lista, podrán superar los 6
meses de contratación.
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