CONTRATOS DE REFUERZO Y
ABSENTISMO
Por cada uno de los siguientes conceptos podrás acumular contratos
con una duración máxima de 180 días en un año natural. No hay
borrón y cuenta nueva: si alguien tiene tiempos trabajados por
alguno de estos conceptos en el último año natural, éstos se
siguen teniendo en cuenta a efectos del cómputo de los 180 días/año
para cada concepto.
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ACUMULACIÓN DE TAREAS, COPONENTE DE ABSENTISMO, REESTRUCTURACIÓN DE SERVICIOS, CAMPAÑA ELECCTORAL Y CAMPAÑA DE NAVIDAD
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ASUNTOS PROPIOS Y VACACIONES
Vacación anual, Vacaciones pendientes, Días adicionales, vacaciones
año anterior, Asuntos propios, Asuntos particulares año anterior y
Asuntos particulares Navidad.
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OTROS PERMISOS Y LICENCIAS
Cursos de formación, licencia sin sueldo, licencia por matrimonio,
Nacimiento, acogida o adopción, fallecimiento de un familiar,
Enfermedad de un familiar, traslado de domicilio, Permiso de
exámenes, Deberes inexcusables, Candidato elecciones, Licencia por
estudios, Permiso por adopción internacional, Libre compensación y
Lactancia.
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ENTREGA DE NOTIFICACIONES TURNO TARDE.
CONTRATOS DE INTERINIDAD
La duración de estos contratos no tiene tope de tiempo y está
vinculada a la vuelta al puesto de trabajo del empleado sustituido.
En estos contratos aparece el nombre del empleado sustituido. Se
realizan por las siguientes causas:
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Por bajas de enfermedad o accidente laboral.
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Por Comisión de Servicio y movilidad funcional.
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Por adopciones, maternidad y paternidad.
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Por liberación sindical.
MUY IMPORTANTE: los contratos firmados, comunicaciones de
finalización de contrato (ceses) y las nóminas, debéis guardarlas
ordenadamente.
2017.eko urtarrilaren 25an.
y por vacante?
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