Circular definitiva sobre la Campaña de Navidad

Se confirma la gratificación de 95,08 € por el conjunto de la Campaña de Navidad, la misma que en años pasados.

REQUISITOS PARA COBRAR LA GRATIFICACIÓN:
• Permanecer vinculado y en activo en Correos de forma ininterrumpida
desde el 1 al 31 de diciembre de 2015.
• Ser personal funcionario, laboral fijo (incluidos fijos discontinuos y fijos a tiempo parcial), eventuales. Excluye al personal eventual que tenga contrato por campaña de Navidad.

• Trabajar en una de las siguientes áreas: Reparto ordinario, Reparto Urgente, Clasificación de Cartería, Apartados, Ruteros, Personal operativo de los centros y unidades de tratamiento (admisión masiva, clasificación automática, manual, productos registrados y carga y descarga), Sala de aparatos, Rurales A, Conductores Interzonales e Intercentros, Cambio de Madrid.

PENALIZACIONES

Por inasistencia se descontará de la gratificación, el primer día 12,02 €, el segundo y el tercero 18,03 €. Con más de tres días se pierde el derecho a la percepción económica.
• Se exceptúan de la penalización:
Los accidentes de trabajo en noviembre o diciembre, nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo, fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar hasta segundo grado (tal y como queda recogido en nuestra regulación interna).
El personal operativo podrá disfrutar de dos días de permiso por asuntos particulares, sin penalización, tras garantizar una adecuada cobertura del servicio. Uno de ellos entre los días 1 y 13 de diciembre y otro a elegir entre los restantes días de diciembre.


MEDIDAS ORGANIZATIVAS
• Se podrán organizar y efectuar repartos puntuales.
• En admisión masiva, carga y descarga, salas de dirección y centros de tratamiento se podrá autorizar la realización de horas adicionales.
• Días 24 y 31: Módulo de 79,48 € por trabajador/día. Deberán prestar servicio:
• El personal mínimo imprescindible tanto en admisión y oficinas como en tratamiento y distribución.
• Sólo abrirán las oficinas de centros comerciales y, donde no haya centros comerciales, podrá abrir una de la capital de provincia, en turno de mañana y horario de sábado.
• El personal de los centros de tratamiento, que por turno, trabaje la noche del 25 al 26 de diciembre y del 1 al 2 de enero, percibirá las horas adicionales de festivo.

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