CALENDARIO LABORAL 2013: MAS RECORTES

 Concluido el proceso de negociación con los sindicatos CCOO, UGT, CSIF y SL, el 12 de febrero, la dirección de Correos publicó el calendario laboral para el año 2013.

Los contenidos más destacados son los siguientes:

1.- La jornada de trabajo anual se mantiene en 1.711 horas y en 37,5 horas la semanal.
2.- Se mantiene el trabajo en sábados en las USEs., oficinas de atención al público y CTAs.
3.- El sábado de Semana Santa “… prestará servicio el personal mínimo indispensable en las unidades operativas que desarrollen su actividad.”
4.- Vacaciones: el personal funcionario tiene derecho a un mes natural o 22 días hábiles (Los sábados no son hábiles); el personal laboral tiene derecho a un mes natural.
5.- Días adicionales de vacaciones: se disfrutarán unidos a las vacaciones.

 (El derecho al disfrute se hace efectivo al año siguiente de cumplir el requisito de antigüedad que corresponda)

6.- “La distribución de vacaciones de cada uno de los empleados y empleadas de la Unidad deberá ser conocida y figurará expuesto en el cuadro de servicios como máximo a día 30 de abril.”
Con carácter general el periodo vacacional comprenderá del 1 de julio al 30 de septiembre y, para su distribución, se tendrá en cuenta los siguientes porcentajes:
7.- Oficinas con turno de tarde: en el periodo vacacional y durante el periodo que se establezca para cada oficina, solo abrirán en turno de tarde las que tengan consideración de estratégicas, a criterio de la Dirección de Zona.
8.- Establece condiciones (Indices de actividad y negocio de diciembre y límites presupuestarios establecidos) a la compensación económica de la campaña de Navidad que irá del 1 al 31 de diciembre.
Se podrá disfrutar de dos días de permiso sin penalización: uno en la primera semana de diciembre y otro correspondería al 23 ó 30 del mismo mes.
9.- Asuntos particulares: 6 días a disfrutar dentro del año. Si por necesidades de servicio no fuese posible disfrutarlos dentro del año natural, podría hacerse hasta el 31 de enero de 2014.
10.- Se eliminan expresamente los días adicionales de antigüedad reconocidos, tras centenares de sentencias, al personal funcionario.

Como era de preveer, el calendario laboral recoge para la totalidad de empleadas y empleados de Correos el derecho a los 6 días de asuntos propios y los adicionales de vacaciones ya que, como indicamos en una comunicación anterior, el RDL 20/2012 no afectaba a los acuerdos de Correos en materia de permisos.

La pregunta que cabe hacerse es el porqué de la supresión de los días adicionales de antigüedad del personal funcionario si el RDL 20/2012 no suspendió los acuerdos relativos a permisos pactados en Correos. La respuesta es bien sencilla: los sindicatos CCOO, UGT, CSIF y SL pactaron con la empresa que el personal funcionario de Correos tendría derecho a los días adicionales por antigüedad del art. 48.2 del Estatuto Básico del empleado Público (EBEP) mientras ese artículo estuviese vigente (Punto XI, párrafo segundo, del Acuerdo General 2009-2013 … del personal de Correos, de 5 de abril de 2011) y el RDL 20/2012 suprimió el art. 48.2 del EBEP.

Resultan asombrosas las facilidades que los sindicatos citados otorgaron a la Dirección de Correos en el Acuerdo 2009-2013 para eliminar derechos laborales. Si algún funcionario o funcionaria de esta empresa entendió que la generalización del reconocimiento del derecho a los días de antigüedad fue una compensación por la reducción salarial del 5%, se equivocaron.

Al maltrato salarial debemos añadir esta pérdida de días adicionales. Estamos hartos e indignados por el vapuleo laboral al que estamos siendo sometidos las empleadas y empleados de Correos y hartos del papel que está jugando en ello la mayoría sindical de esta empresa.

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