CAMPAÑA ELECTORAL AL PARLAMENTO VASCO



PERIODO DE CAMPAÑA:  del 5 al 19 de octubre.


PAGO DE LA PROPAGANDA:

·               Envíos con dirección:   0,062138 € por objeto: clasificado, embarriado y distribuido.
·               Envíos sin dirección:    0,025585 € por objeto distribuido.
·               Tarjetas del INE:          0,062138 € por objeto: clasificado, embarriado y distribuido.

La retribución de estos conceptos se percibirá siempre que se garantice la distribución de la totalidad de los restantes envíos no electorales.”


PERSONAL DE DISTRIBUCION Y LOGISTICA:

·                           114,90 € por toda la campaña

Afecta a las trabajadoras y trabajadores de las USEs., CTAs., admisión masiva, control y registro de de certificados (UPR), reparto urgente, rutas, siatas y alcances y los responsables de las Unidades.


OFICINAS:

Grupo A                  114,90 €
Grupo B                   86,17 €
Grupo C                   57,46 €
Grupo D                    0,00 €

De acuerdo con el desarrollo de la campaña y dentro de los límites presupuestarios establecidos corresponderá a la Dirección de Operaciones-Oficinas determinar la gratificación a asignar a cada oficina en base a los criterios objetivos establecidos anteriormente.”


ENTREGA EN LAS MESAS ELECTORALES Y RECOGIDA DEL 3er. SOBRE:

Los trabajos a realizar el 21 de octubre (entrega en las mesas electorales del voto por correo, recogida del tercer sobre y tránsito de la documentación) se retribuirán con horas adicionales, asignando a los trabajadores afectados un mínimo de 3 horas. En el caso de rurales también se les abonará el kilometraje.


DESCUENTOS:

·         Por cada día de absentismo (total o parcial);    12,02 €
·         Por absentismo superior a 3 días: Se pierde todo.

No se penalizará la inasistencia por  permiso de  nacimiento, adopción, fallecimiento, accidente o enfermedad grave de familiar y accidente laboral durante la campaña .



CONSULTAS HABITUALES QUE RECIBIMOS EN EL TRASCURSO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES:

1)      ¿Podemos negarnos a repartir propaganda electoral en la jornada laboral habitual?

NO. La negativa  a repartir la correspondencia electoral podría derivar en una acusación de desobediencia con afectación al proceso electoral y consecuencias que podrían exceder al ámbito de Correos.

2)      ¿Pueden obligarme a repartir propaganda electoral fuera de la jornada laboral habitual?

NO. Nadie puede obligarnos a exceder nuestra jornada laboral.

3)      ¿Pueden quitarme la propaganda electoral de mi sección de reparto para que la repartan otros?

No pueden hacerlo, salvo acuerdo con el interesado. No obstante, si hubiese riesgo de que la propaganda electoral de una sección de reparto no pudiese repartirse en la campaña, el jefe de la unidad debería garantizar su reparto.

4)      ¿El jefe de una unidad de reparto puede establecer como prioritario el reparto de la propaganda electoral?

Sí. El jefe de una unidad tiene capacidad para dar instrucciones en ese sentido.

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