PERIODO DE CAMPAÑA: del 5
al 19 de octubre.
PAGO DE
LA PROPAGANDA:
·
Envíos
con dirección: 0,062138 € por objeto:
clasificado, embarriado y distribuido.
·
Envíos
sin dirección: 0,025585 € por objeto
distribuido.
·
Tarjetas
del INE: 0,062138 € por objeto:
clasificado, embarriado y distribuido.
“La retribución de estos conceptos se percibirá siempre que se garantice
la distribución de la totalidad de los restantes envíos no electorales.”
PERSONAL
DE DISTRIBUCION Y LOGISTICA:
·
114,90 €
por toda la campaña
Afecta a las trabajadoras y trabajadores de
las USEs., CTAs., admisión masiva, control y registro de de certificados (UPR),
reparto urgente, rutas, siatas y alcances y los responsables de las Unidades.
OFICINAS:
Grupo A 114,90
€
Grupo B 86,17
€
Grupo C 57,46
€
Grupo D 0,00 €
“De
acuerdo con el desarrollo de la campaña y dentro de los límites presupuestarios
establecidos corresponderá a la
Dirección de Operaciones-Oficinas determinar la gratificación
a asignar a cada oficina en base a los criterios objetivos establecidos
anteriormente.”
ENTREGA
EN LAS MESAS ELECTORALES Y RECOGIDA DEL 3er. SOBRE:
Los trabajos a realizar el 21 de octubre
(entrega en las mesas electorales del voto por correo, recogida del tercer
sobre y tránsito de la documentación) se retribuirán con horas adicionales,
asignando a los trabajadores afectados un mínimo de 3 horas. En el caso de
rurales también se les abonará el kilometraje.
DESCUENTOS:
·
Por cada
día de absentismo (total o parcial);
12,02 €
·
Por
absentismo superior a 3 días: Se pierde todo.
No se penalizará la inasistencia por
permiso de nacimiento, adopción,
fallecimiento, accidente o enfermedad grave de familiar y accidente laboral
durante la campaña .
CONSULTAS HABITUALES QUE
RECIBIMOS EN EL TRASCURSO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES:
1)
¿Podemos
negarnos a repartir propaganda electoral en la jornada laboral habitual?
NO. La negativa a repartir la
correspondencia electoral podría derivar en una acusación de desobediencia con
afectación al proceso electoral y consecuencias que podrían exceder al ámbito
de Correos.
2)
¿Pueden
obligarme a repartir propaganda electoral fuera de la jornada laboral habitual?
NO. Nadie puede
obligarnos a exceder nuestra jornada laboral.
3)
¿Pueden
quitarme la propaganda electoral de mi sección de reparto para que la repartan
otros?
No pueden hacerlo, salvo acuerdo con el interesado. No obstante, si
hubiese riesgo de que la propaganda electoral de una sección de reparto no
pudiese repartirse en la campaña, el jefe de la unidad debería garantizar su
reparto.
4)
¿El jefe
de una unidad de reparto puede establecer como prioritario el reparto de la
propaganda electoral?
Sí. El jefe de una
unidad tiene capacidad para dar instrucciones en ese sentido.
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