Criterios empresariales permisos notificaciones tarde

Criterios e instrucciones:

VACACIONES Y ASUNTOS PARTICULARES del 2017

Por el periodo de actividad del 1 de octubre al 31 de diciembre del 2017:

a)      Al personal contratado por obra en notificaciones con jornada de lunes a viernes (20 h/s), le corresponden 7 días naturales de vacaciones y 2 días de asuntos particulares (incluidos la parte proporcional de los días de AP correspondientes al 24 y 31 de diciembre).
Si la duración del contrato hubiera sido menor al periodo indicado los días de permiso se reducirán proporcionalmente.
En aquellos puestos operativos en que como consecuencia de la Campaña de Navidad no hubiera sido posible el disfrute de algún permiso correspondiente al año 2017 (vacaciones, asuntos particulares, asuntos particulares navidad), se podrá ampliar el plazo de disfrute de esos permisos hasta el 15 de marzo de 2018 y, excepcionalmente y por razones justificadas hasta el 30 de abril de 2018.

b)      El personal de dos días en semana (8 h/s) ha percibido en su retribución (valor hora) correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2017 la parte proporcional de los periodos de descanso reglamentarios (Art. 80 del III Convenio Colectivo).

1.       VACACIONES Y ASUNTOS PARTICULARES del 2018
Para el periodo comprendido entre 1 de enero al 31 de octubre de 2018, las vacaciones y asuntos particulares son los siguientes:

a)      Para el personal de lunes a viernes (20 h/s) le corresponde un periodo vacacional de 25 días naturales y 5 días de asuntos particulares.

b)      Y en el caso del personal de dos días en semana (8 h/s). Este personal, al tener un contrato de obra y servicio, a partir del 1 de enero de 2018  van a disfrutar de periodo de vacaciones (7 días) y de asuntos particulares (2 días) proporcionalmente al tiempo trabajado del 1 de enero al 31 de octubre de 2018. La planificación y gestión de estos días se realizarán teniendo en cuenta los criterios que se recogen en el calendario laboral de la empresa 2018 y los de cada centro de trabajo (cartería).

Al disfrutar de estos días dejarán de percibir en la nómina de enero de 2018 la cuantía que percibían como liquidación. Estamos consultando con los servicios jurídicos el derecho a disfrutar dos días más de A.P. por el 24 y 31 de diciembre. Ya que el único requisito para disfrutarlo es tener contrato esos días.

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