2º abono de la paga extraordinaria de diciembre de 2012

Correos ingresará en la próxima nómina la parte proporcional correspondiente a 48 días de las pagas extraordinaria y adicional de diciembre de 2012 que fueron suprimidas.

Se establece los siguientes criterios para abonar esta parte de la paga, que se dejó de percibir:

A. CUANTÍA A ABONAR. La equivalente a la parte proporcional correspondiente a 48 días de las pagas extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 que fueron suprimidas.

B. ÁMBITO DE APLICACIÓN. CORREOS la abonará de oficio a los siguientes colectivos:

- Personal que esté activo en los meses de septiembre

–octubre de 2015.

-Personal laboral eventual que, no estando activo en la nómina de octubre de 2015, la empresa tenga garantías que su cuenta bancaria está actualizada (IBAN) por haber trabajado durante el año 2015.

C. RECIBO DE NÓMINA. En el recibo de haberes de cada empleado esta cuantía aparecerá identificada con el siguiente literal: Recuperación de 48 días paga extraordinaria y adicional diciembre 2012.

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