EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO (TSJPV) DECLARA COMO IMPROCEDENTE EL DESPIDO DE DOS TRABAJADORAS DE SABADOS

A comienzos de este año Correos impidió a cientos de trabajadoras y trabajadores de reparto ordinario en
sábados reanudar su actividad anual. Lo hizo sin darles la mínima explicación y sin comunicación escrita
de la rescisión de sus contratos, dejándolos en la más absoluta indefensión.

Por desgracia, casi todos los Juzgados de lo Social emitieron sentencias contrarias a nuestras
pretensiones con la excepción de dos sentencias favorables en Nafarroa (Los afectados ya han cobrado
la indemnización y próximamente cobrarán los salarios dejados de percibir) y otra en Bizkaia que fue
recurrida por Correos.

Como consecuencia de los recursos de LAB, el TSJPV ha emitido dos sentencias sobre este asunto.
En ambos casos la posición del Tribunal ha sido favorable a las trabajadoras despedidas: revoca
las sentencias contrarias de un Juzgado de lo Social de Gipuzkoa y otro de Bizkaia y, en ambas,
declara improcedentes los despidos condenando a Correos a readmitir a las despedidas en las mismas
condiciones anteriores al despido o a indemnizarlas y pagarles los salarios dejados de percibir. La primera
de estas sentencias es firme: Correos ha comunicado que la indemnizará.

El fallo está muy argumentado: dice que “… si la trabajadora ni ha recibido nuevo Anexo (El que
formalizaban todos los años para iniciar la actividad en enero) ni ha podido prestar servicios sin que
conozca la causa o motivo de tal situación … nuestra conclusión es que … se ha producido un despido
y el mismo no se ha ajustado ni a las formas legales ni a las propias del contrato, … ello claramente
supone tanto conculcar la normativa general como la del contrato e introducir a la trabajadora en una
clara situación de indefensión y por tanto debe considerarse como improcedente el despido acontecido.”

A Correos no le ha salido bien intentar presentar el acuerdo de supresión del reparto ordinario en
sábados, alcanzado con CCOO, UGT, CSIF y SL en marzo de este año, como justificativo de la causa
de los despidos. El Tribunal deja claro que Correos ha hecho las cosas al revés: primero despidió a los
trabajadores de sábados y tres meses después consiguió el visto bueno de los sindicatos citados.

Pero no todo son buenas noticias: el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa ha dictado otras dos
sentencias contrarias a nuestros recursos en las que, precisamente, el acuerdo de supresión del reparto
ordinario en sábados entre Correos y los sindicatos firmantes del Convenio ha resultado determinante
para que este Tribunal considerase que no hubo despidos improcedentes.

Estas sentencias contradictorias es probable que den origen a recursos de casación ante el Tribunal
Supremo y esperemos que su dictamen declare como improcedentes los centenares de despidos que
se produjeron y obligue a indemnizar a quienes, haciendo frente tanto a la actividad amenazante de la
empresa, como al acuerdo de ésta con CCOO, UGT, CSIF y Sindicato Libre, se atrevieron a llevar a
Correos a los Tribunales para hacer valer sus derechos.

Comentarios