TRAMOS: 10 AÑOS DE IRRESPONSABILIDAD SINDICAL NO A LA PENALIZACION POR ABSENTISMO


Ante la inminente firma, con amplia mayoría sindical, del III Convenio Colectivo (Eso dice el Presidente de la empresa) y el anuncio de que los Tramos se van a pagar a todos los empleados (Eso dicen algunos sindicatos) creemos oportuno refrescar la memoria para ayudar a digerir correctamente la avalancha propagandística que nos va a caer encima tras la firma del Convenio.

El complemento retributivo “Plus de Permanencia y Desempeño”, conocido como Tramos, se creó en 1995 para los funcionarios y se vinculó a objetivos de reducción del absentismo, al igual que en el Acuerdo 2001-2004 y en el I Convenio Colectivo de la sociedad anónima.

En el II Convenio (2006-2008), firmado por CCOO y CSIF, aparte de pactar como criterio vinculante para la percepción de los Tramos la no superación del índice individual de absentismo que se estableciese, se concretó que ese extremo debía negociarse en el plazo máximo de un año en el seno de la Comisión de Seguimiento del Convenio, compuesta por la Dirección, CCOO y CSIF.

Lo indignante del caso es que, desde el año 2001, la inmensa mayoría de los trabajadores laborales, fijos o eventuales, no han cobrado ese complemento.

La responsabilidad de tal fechoría es de  la Dirección, por bloquear el pago, pero también de los sindicatos firmantes por no desarrollar lo que firmaron. Si tuvieron tan claro vincular los Tramos al absentismo, ¿Qué sentido tiene no negociar ese aspecto y desbloquear el pago? Hay que ser coherentes con lo que se firma. ¡Y así durante diez años!

Con los sueldos que tenemos en Correos, no es aceptable ningún concepto retributivo con penalización por absentismo.

La actitud de bloqueo de la Dirección provocó la interposición de decenas de demandas a lo largo de todos estos años. LAB fue pionero en esta tarea: al principio, con demandas de eventuales con contratos de muy larga duración y, a partir de 2005, tras la sentencia que ganamos en el Supremo reconociendo a  eventuales de LAB el derecho al cobro de antigüedad por acumulación de todos los tiempos trabajados con independencia del tiempo transcurrido entre contratos, incorporamos a las demandas de Tramos a los laborales fijos y eventuales  con más de tres años trabajados.

De ese modo y hasta 2007, cientos de laborales fijos y eventuales de esta Zona fueron cobrando los tramos por sentencia.
Todo se torció al presentar CCOO y CSIF un Conflicto Colectivo solicitando el pago generalizado de los tramos sin condicionante alguno, provocando que los juicios en curso quedasen suspendidos hasta que se resolviese judicialmente el Conflicto Colectivo. Esto fue todo un regalo para los servicios jurídicos de Correos.

Para colmo, en el acto de conciliación previo a formalizar la demanda en la Audiencia Nacional , la empresa ofertó a esos sindicatos “… el pago inmediato del complemento (tramos) con efectos desde la entrada en vigor del II Convenio Colectivo (año 2006) sin más condicionante que el trabajador no superara el 4% individual de absentismo en cómputo mensual.” Oferta que rechazaron sin medir el alcance de esa decisión. Esto siendo bien pensados.

Ese rechazo hubiese sido aceptable si no hubiesen pactado “… como criterio vinculante para la percepción de este complemento (Tramos) la no superación del índice individual de absentismo que se establezca, …”

Esa fue la clave para que CCOO y CSIF perdiesen el Conflicto Colectivo en la Audiencia Nacional  y posteriormente, en abril de 2010, en el Tribunal Supremo (TS). Tras esta sentencia todos los juicios suspendidos se reanudaron y la gran mayoría de las demandas correspondientes al periodo 2007-2009 se han perdido. Incluso ya hay sentencias de Tribunales Superiores a favor de Correos. Las que se han ganado en un juzgado de Donostia han sido recurridas al TSJPV y estamos pendientes de su pronunciamiento.

El perjuicio económico hecho a los laborales, incluidos sus propios afiliados, con ese Conflicto Colectivo ha sido tremendo.

Quien quiera consultar la sentencia lo puede hacer vía Internet accediendo al siguiente enlace http://sentencias.juridicas.com/docs/00326877.html

Sorprendentemente el varapalo judicial no fue obstáculo para que CCOO difundiese, a través de varios comunicados, que la sentencia  “Confirma el derecho (al cobro de los tramos), obliga a Correos a pagar, reconoce toda la antigüedad, …”.  ¡ALUCINANTE!  ¡HAY QUE TENER POCA VERGUENZA SINDICAL!

Por si no fuese suficiente con un Conflicto Colectivo, el 4 de enero de 2011, CCOO presentó otro con la pretensión  ¡SORPRESA! “… de que la empresa proceda a la inmediata convocatoria de la Comisión de Seguimiento para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 61.d) del Convenio…”  para negociar el pago de los Tramos conforme al criterio de absentismo que no quisieron aceptar en la AN.
En el “motivo de fondo décimo” del texto del conflicto colectivo dicen: “CCOO ha reiterado la solicitud de convocatoria de la Comisión de Seguimiento en sucesivas ocasiones, particularmente en fechas 29-6-2010 y 19-7-2010, no solo acatando el criterio fijado por aquellas resoluciones judiciales, sino asumiendo como propio el condicionamiento del pago del citado complemento (Tramos) a un 4 % de porcentaje de absentismo.”

¡Hay que tener valor para pactar la vinculación de los Tramos al absentismo y cuando la empresa oferta en los tribunales desbloquear el pago, desarrollando ese aspecto, rechazarlo! Y más valor para presentar ¡ocho meses después! un nuevo Conflicto Colectivo aceptando literalmente lo que meses atrás se rechazó.

En relación a los datos aportados en este último Conflicto Colectivo nos llama especialmente la atención que en el conflicto del “Apagón Postal” liderado por CCOO se exigiese, con huelgas incluidas, el “Pago de tramos, con atrasos, sin absentismo.”, y simultáneamente este sindicato comunicase a la dirección que aceptaba su oferta de vincular el cobro de los tramos a no superar el 4% de absentismo individual.

Ahora nos anuncian que han arrancado a la empresa el compromiso del pago de los tramos con retroactividad a 2006.
Pronto lo comprobaremos. Conocemos perfectamente las cantidades que no pudieron cobrar nuestros afiliados como consecuencia del primer Conflicto Colectivo y haremos cuentas.



Euskal Herria, 2011.eko martxoaren 21a

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