Ante los últimos
acontecimientos como la declaración por parte de la OMS el 11 de
marzo de una pandemia internacional y de las medidas adoptadas por el
Estado Español derivadas del Estado de Alarma que será efectivo el
día 16 de marzo a partir de las 8 horas, desde LAB Posta queremos
decir lo siguiente a la plantilla.
Desde principios de marzo
ya nos pusimos en contacto con la Dirección de Correos para
solicitarle diferentes actuaciones en materia de salud y conciliación
familiar a los empleados/as de Correos. A la Dirección de la Zona
2ª, les expusimos que no hay geles hidroalcohólicos, guantes,
mascarillas o protección ocular(Si fueran necesarios en algún
puesto), no sabemos lo que nos vamos a encontrar en las casas o
oficinas, no se respetan las medidas de seguridad en los centros de
trabajo o se cobra con dinero en oficinas, pudiéndose usar tarjetas
para evitar usar dinero. Algo trasladado a Madrid, sin que a esta
hora y día tengamos novedades. Este lunes, 16 de marzo, se publica
en el BOPV las medidas declaradas por el Gobierno Vasco por la alerta
sanitaria, donde indican que se limita cualquier tipo de actividad en
locales donde no se garantice la distancia mínima de 1 metro y
medio. Hasta la fecha, en la mayoría de los centros de trabajo no se
cumple esta medida mínima.
El
5
de
marzo
el
Ministerio
de
Sanidad
recomendaba
a
los
Servicios
de
Prevención
que
“la
higiene
de
manos
es
la
medida
principal
de
prevención
y
control
de
la
infección.
Si
las
manos
están
visiblemente
limpias
la
higiene
de
manos
se
hará
con
productos
de
base
alcohólica.”
Hasta
la
fecha,
no
existen
estos
geles
en
los
centros
de
trabajo
a
pesar
de
solicitarlos.
Este
fin
de
semana,
solo
en
las
Unidades
de
Reparto
y
CTA
de
Gasteiz,
se
han
limpiado
los
centros
de
trabajo,
pero
el
Ministerio
de
Sanidad
indica
que,
las
políticas
de
limpieza
y
desinfección
de
lugares
y
equipos
de
trabajo
reutilizables,
son
igualmente
importantes
como
medidas
preventivas.
Y
los
ordenadores,
pistolas
lectoras,
vehículos,
PDA,
mostradores,
etc,
pasan
por
muchas
manos,
sin
ninguna
limpieza,
al
acabar
el
uso
individual.
No
sabemos
si
los/as
últimos
compañeros/as
que
han
sido
aislados,
por
síntomas,
en
varias
unidades
han
dado
positivo
o
no.
Ya
que
actualmente,
con
la
saturación
de
la
sanidad,
no
se
hacen
muchas
pruebas
de
confirmación
y
se
opta
por
aislar
a
la
persona
con
síntomas.
Al
no
confirmarse,
Correos,
no
toma
ninguna
medida
especial
con
los
compañeros/as
con
los
que
tuvo
contacto
a
menos
de
2
metros.
La
Ley
de
Prevención
de
Riesgos
Laborales
es
clara
al
respecto,
artículo
21,
que
Cuando
los
trabajadores
están
o
puedan
estar
expuestos
a
un
riesgo
grave
e
inminente
con
ocasión
de
su
trabajo,
el
empresario
estar
obligado
a
informar
lo
antes
posible
a
todos
los
trabajadores
afectados
acerca
de
la
existencia
de
dicho
riesgo
y
de
las
medidas
adoptadas
o
que,
en
su
caso,
deban
adoptarse
en
materia
de
protección.
Adoptar
y
dar
las
instrucciones
necesarias
para
que,
en
caso
de
peligro
grave,
inminente
e
inevitable,
los
trabajadores
puedan
interrumpir
su
actividad
y,
si
fuera
necesario,
abandonar
de
inmediato
el
lugar
de
trabajo.
En
este
supuesto
no
podrá
exigirse
a
los
trabajadores
que
reanuden
su
actividad
mientras
persista
el
peligro.
La empresa tiene que
garantizar la salud de los/as trabajadores/as y de la ciudadanía.
Los/as trabajadores/as debemos garantizar nuestra salud y la de la
ciudadanía, por tanto estamos en la obligación todos/as de cumplir
estos parámetros. Incluido el no realizar nuestra actividad laboral,
si ponemos en peligro nuestra salud y la de la ciudadanía.
Euskal
Herria 15-3-2020
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