LOS DÍAS “CANOSOS DEL 2015”, PARA LOS FUNCIONARIOS/AS, SE PODRÁN DISFRUTAR ENTRE EL 31 DE ENERO Y EL 31 DE MAYO DEL 2016
Hoy
10
de
diciembre
de
2015
se
ha
reunido
la
Mesa
Sectorial
de
personal
funcionario,
por
cierto,
que
la
ley
regula
reunir
al
menos
una
vez
al
año.
Esta
mesa
sectorial
llevaba
años
sin
ser
convocada.
Al
igual
que
la
mesa
que
regula
los
concursos
de
traslados,
que
también
llevaba
años
sin
ser
convocada.
¿No
será
que
vienen
las
elecciones
sindicales?
¿No
será
que
los
sindicatos
firmantes
del
III
Convenio
Colectivo
tienen
que
vender
algo?
Hace
dos
meses,
cuando
iniciamos
la
reclamación
previa
de
estos
días
del
2015,
ya
avisábamos
que
Correos
estaba
obligado
a
dar
estos
días.
Aún
así,
como
años
pasados
cuando
Correos
no
quiso
reconocer
a
sus
funcionarios/as
ese
permiso
y
durante
tres
años
consecutivos
demandamos
a
la
empresa
y,
tras
centenares
de
sentencias
condenatorias
del
Tribunal
Superior
de
Justicia
del
País
Vasco
(TSJPV),
no
tuvo
más
remedio
que
concederlos.
Así,
en
el
año
2010,
en
Araba,
Bizkaia,
Gipuzkoa
y
Nafarroa
se
concedieron
los
días
y
en
el
resto
del
estado
se
denegaron.
En 2011, este permiso fue incorporado al Acuerdo para Funcionarios/as de Correos pero condicionado a que el artículo 48.2 del EBEP, que recogía este permiso, estuviese vigente. Así fue pactado por CCOO, UGT, CSIF y SL pero … ¡Casualidades de la vida! Un año después, en 2012, el Gobierno del PP suprimió ese artículo 48.2 y los funcionarios de Correos, gracias a la coletilla pactada con esos sindicatos, nos quedamos sin ese permiso y sin margen legal para reclamarlo.
Ahora Correos reconoce el derecho al permiso por asuntos particulares por antigüedad o los días adicionales según antigüedad del EBEP (canosos). En cuanto a los del año 2015, se permitirá su disfrute entre el 31 de enero y el 31 de mayo del 2016.
En 2011, este permiso fue incorporado al Acuerdo para Funcionarios/as de Correos pero condicionado a que el artículo 48.2 del EBEP, que recogía este permiso, estuviese vigente. Así fue pactado por CCOO, UGT, CSIF y SL pero … ¡Casualidades de la vida! Un año después, en 2012, el Gobierno del PP suprimió ese artículo 48.2 y los funcionarios de Correos, gracias a la coletilla pactada con esos sindicatos, nos quedamos sin ese permiso y sin margen legal para reclamarlo.
Ahora Correos reconoce el derecho al permiso por asuntos particulares por antigüedad o los días adicionales según antigüedad del EBEP (canosos). En cuanto a los del año 2015, se permitirá su disfrute entre el 31 de enero y el 31 de mayo del 2016.
Eso
si,
2
meses
después
de
que
fueran
concedidos
al
resto
de
administraciones.
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